miércoles, 14 de septiembre de 2011

¿Cuál es la cuota alimentaria que me corresponde?

No existe una fórmula o tabla a aplicar para determinar el valor de la cuota alimentaria, pero si existen factores que se deben tener en cuenta como son: la capacidad económica del obligado (a); las necesidades del niño, niña o adolescente; la referencia legal del artículo 130 del Código de la Infancia y Adolescencia que señala que cuando el obligado a suministrar alimentos fuere asalariado, el Juez podrá ordenar el embargo hasta el 50% de su salario y prestaciones y si no devengare salario, ordenara el embargo de los bienes que pueda poseer; y, el número de hijos e hijas a cargo del obligado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario